¿Para qué la Seguridad Laboral si lo que Importa es el Beneficio?
En la locura obsesiva de los empresarios por la obtención del máximo beneficio privado flexibilizando el mercado laboral, ya no se conforman solo con hacer recaer el peso de la crisis sobre los trabajadores para hacer más míseras nuestras vidas, sangrándonos más y más con numerosos tipos de contratos precarios como propuestos por la CEOE. Ahora la AGETT, por enésima vez con la patronal de las ETT´s, junto con la CEOE y con el acuerdo conseguido con el Gobierno del Estado tras la negociación, arremeten con que la Empresas de Trabajo Temporal vuelvan a acceder a los sectores considerados de riesgo, como la construcción, minas,..., y a las Administraciones Públicas. Esto lo reclaman exigiendo la derogación de la prohibición legal contenida en el artículo 8 del RD 216/1999, que completa el artículo 28 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y modifica la Ley 14/1994. Este dice lo siguiente:

“De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, párrafo b), de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, no se podrán celebrar contratos de puesta a disposición para la realización de los siguientes trabajos en actividades de especial peligrosidad:

a) Trabajos en obras de construcción a los que se refiere el anexo II del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. (...)”


Además, tanto que les gusta cumplir la ley, si proceden a derogar esta prohibición y acceden a la construcción, violarán la Ley de la Subcontratación 32/2006, en cuyo artículo 4 establece lo siguiente:

Para que una empresa pueda intervenir en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción, como contratista o subcontratista, deberá:

a. Poseer una organización productiva propia, contar con los medios materiales y personales necesarios, y utilizarlos para el desarrollo de la actividad contratada. (...)

(…) Las empresas cuya actividad consista en ser contratadas o subcontratadas habitualmente para la realización de trabajos en obras del sector de la construcción deberán contar, en los términos que se determine reglamentariamente, con un número de trabajadores contratados con carácter indefinido que no será inferior al 10 % durante los dieciocho primeros meses de vigencia de esta Ley, ni al 20 % durante los meses del decimonoveno al trigésimo sexto, ni al 30 % a partir del mes trigésimo séptimo, inclusive.(...)


Pero más que el cumplimiento de las leyes, hay que ver por qué se ilegalizaron las ETT´s en la construcción y por qué es una falta de responsabilidad que vuelvan a entrar en este sector.

El mencionado RD 216/1999 estableció esta prohibición de las ETT´s en los sectores de riesgo, como es el caso de la construcción, por el número tan elevado de accidentes de trabajo, los cuales se concentraban en los trabajadores que tenían un contrato temporal proveniente de una ETT. ¿Por qué se producía estos accidentes? Porque eran trabajadores que un día trabajaban de teleoperador, al otro sirviendo comida basura, al otro repartiendo propaganda y al otro le ponen a trabajar en una obra de peón. Una obra de construcción en la que los riesgos a los que se expone el trabajador son muy numerosos dados los procesos constructivos de los edificios y que no son lo mismo que estar en una oficina o en una fábrica con un puesto de trabajo en un lugar estable. Además, eran trabajadores con una formación genérica y especializada en prevención muy limitada, debido al cambio continuo de puesto de trabajo. Una formación en prevención que requiere ser muy concreta y completa para la construcción. Además, eran trabajadores que no tenían la agilidad y el conocimiento necesario para manejarse en una obra y traían vicios de funcionamiento de otros puestos de trabajo, ajenos a la construcción, que no eran aceptables en esta y que generan accidentes laborales. Pero parece que estos señores en su obsesión de los beneficios quieren volver a repetir esta situación.

Además, este aumento de la accidentalidad con este tipo de personas contratadas temporalmente no es solo por ello, sino que tiene un trasfondo psicosocial. Si observamos las causas principales de accidentalidad podemos encontrar con que más de un tercio de los accidentes laborales tienen su origen en los nuevos riesgos psicosociales. Esto engloba el estrés, el “mobbing”, la falta de estabilidad laboral o la movilidad, entre otros. Es decir, que la inestabilidad laboral lleva a que el trabajador esté más pendiente, durante su jornada laboral, de si mañana o dentro de un mes podrá seguir trabajando para conseguir sus medios de vida o será despedido que de realizar el propio trabajo que desarrolla, lo que hace aumentar la potencialidad de tener un accidente laboral.

Con ello, esta forma de accidentalidad era en 1996 la tercera causa. Sin embargo, en los últimos años se ha situado como la principal fuente de siniestralidad en el trabajo, por el motivo antes descrito, tanto en el Estado español como en Europa. Esto coincide con el proceso más agudo de destrucción de los derechos laborales de los trabajadores con las diversas Reformas Laborales que se han establecido desde el año 1997 hasta la actual del año 2006, en las que han ido abaratando el despido y fomentando la contratación temporal y la indefinida de despido barato, en mayor medida.

Ahora quieren que volvamos al número de trabajadores accidentados tan elevado que había en esa época con esta propuesta.

Por tanto, con esta propuesta anteponen, más claramente, el beneficio privado y la competencia entre empresarios a nuestras vidas humanas de trabajadores. No pasa nada porque mueran un puñado de trabajadores. Es despreciable y prescindible nuestra vida. ¡Que magnífica humanidad rezuman por doquier estos señores que siempre nos hablan de los Derechos Humanos! ¡Qué demócratas! ¡Que buenos terroristas patronales están hechos estos señores!

Ya son muchos los motivos que llevan a la tan ansiada y necesaria Huelga General, para demostrar a los empresarios que no van a establecer estas soluciones para que ellos y sus beneficios salgan de la crisis económica. Vamos a defender nuestros derechos con uñas y dientes.

¡¡Huelga General ya!!
viernes, 03 de julio de 2009
ujcmadrid@ujc-madrid.org